CODIGO CIVIL FEDERAL V2

CÓDIGO CIVIL FEDERAL

Nuevo Código publicado en el Diario Oficial de la Federación en cuatro partes
los días 26 de mayo, 14 de julio, 3 y 31 de agosto de 1928

Última reforma publicada DOF 11-01-2021

LIBRO PRIMERO
De las Personas

TITULO DECIMO
De la Emancipación y de la Mayor Edad

CAPITULO II
De la Mayor Edad

Artículo 646.-

La mayor edad comienza a los dieciocho años cumplidos.

Artículo reformado DOF 28-01-1970

Artículo 647.-

El mayor de edad dispone libremente de su persona y de sus bienes.

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